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miércoles, 25 de enero de 2017

El derecho a la seguridad social en la Constitución venezolana



Venezuela ha tenido, a lo largo de su historia republicana, diversos textos constitucionales desde  la primera Carta Magna de 1811 hasta la actualidad. En tres de ellas se ha previsto el derecho a la seguridad social (1947, 1961 y 1999).  He aquí sus respectivos artículos:
·         Constitución de 1947 (Gobierno de Rómulo Gallegos):
Artículo 52: Los habitantes de la República tienen el derecho de vivir protegidos contra los riesgos de carácter social que puedan afectarlos y contra las necesidades que de ellos se deriven. El Estado establecerá en forma progresiva, un sistema amplio y eficiente de seguridad social y fomentará la construcción de viviendas baratas destinadas a las clases económicamente débiles.
·         Constitución de 1961 (Gobierno de Rómulo Betancourt):
Artículo 94: En forma progresiva se desarrollará un sistema de seguridad social tendiente a proteger a todos los habitantes de la República contra infortunios del trabajo, enfermedad, invalidez, muerte, desempleo y cualesquiera otros riesgos que puedan ser objeto de previsión social, así como contra las cargas derivadas de la vida familiar. Quienes carezcan de medios económicos y no estén en condiciones de procurárselos, tendrán derecho a la asistencia social mientras sean incorporados al sistema de seguridad social

·         Constitución de 1999 (Gobierno de Hugo Chávez):
Artículo 86: Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social  podrán ser administrados solo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinados a la salud, educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.

lunes, 9 de enero de 2017

1992: La reestructuración del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales



1992: La reestructuración del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales 

    En el segundo gobierno de Carlos Andrés Pérez (febrero 1989- mayo 1993) se decidió la reestructuración del IVSS, para ello se aprobó la ley que fijaba los términos en que se realizaría. Fue publicada en la Gaceta Oficial N° 34.921 del 12 de marzo de 1992. La Junta de Reestructuración estuvo conformada así: por el gobierno nacional, Jorge Kamkoff, quien era Presidente del IVSS y Aníbal Tineo; Carlos Pietri Mata, en representación de los patronos; José G. Robertson y Francisco Ramírez por el sector sindical y Antonio Amundaraín por la Federación Médica Venezolana.
Se dio un plazo de 180 días para la reestructuración con prórroga de 180 días más, la cual debería finalizar en abril de 1993.
En el artículo 4 de la ley mencionada se previó:
1.    Descentralizar y regionalizar las funciones del IVSS.
2.    Incorporar progresivamente al Sistema Nacional de Salud (sic), la asistencia médica del IVSS.
3.    La ejecución de procedimientos para la administración autónoma de los fondos del Instituto.
4.    Incrementar las pensiones de vejez, invalidez y muerte.
5.    Establecer un nuevo instrumento de cobranzas de las cotizaciones.

La descentralización y regionalización del IVSS contemplaba como estados pilotos a Aragua, Carabobo, Bolívar, Zulia, Táchira, Nueva Esparta, Falcón y Lara.
Se nombraba por cada entidad federal, una Junta Directiva Estadal de cinco integrantes, conformada de la siguiente manera:   Un representante del Consejo Directivo, un representante de la Gobernación del Estado, y sendos representantes de los asegurados, patronos y del Colegio Médico de la entidad.
Se previó establecer un Consejo Consultivo de cinco miembros que iban a trabajar ad honorem y que tuviesen experiencia en salud y seguridad social.
Se pretendió aprobar los siguientes aspectos:
Aumento de las cotizaciones de patronos y trabajadores.
Incrementar el salario de cálculo para cotizar y recibir prestaciones (solidaridad)
Establecer nuevos procedimientos de cobranzas.
Diseñar un baremo que permitiera asignar los grados de riesgosidad de los centros de trabajo.
Revisión de cifras actuariales de número de asegurados y de regímenes especiales de protección.
Para ese año 1992, los principales problemas del IVSS eran los siguientes:
Había 7 años que no se conciliaban las cuentas bancarias, se decía que el IVSS era un barril sin fondo.
Existía un déficit de 47.000 millones de bolívares en el Fondo de Pensiones
Incremento de la población con derecho a pensión de vejez, es decir la tasa de dependencia iba aumentando.
Alta morosidad de aportes de los patronos, tanto del sector privado como del sector público.
Falta de control y fiscalización por parte del IVSS para que los patronos cumplieran con los deberes formales y demás procesos administrativos.
Se detectan traslados de dinero del Fondo de Pensiones al Fondo de Asistencia Médica.
Se decía que el IVSS era inauditable
El período de Carlos Andrés Pérez (CAP) finalizó en 1993 y el de Ramón J. Velásquez, (Presidente de la República encargado, luego de la destitución de CAP), concluyó en 1994, sin concretarse la llamada reestructuración del IVSS. Con la llegada en 1994 de Rafael Caldera a la Presidencia, se volvió a tratar el tema de la grave situación del seguro social venezolano, pero bajo otras perspectivas.   
Christian Colombet
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domingo, 18 de diciembre de 2016

J.J.Delpino: Un sindicalista como Presidente del IVSS y el relato de una anécdota



 Juan José Delpino fue un sindicalista, militante de Acción Democrática, quien en 1982 asumió como encargado,  la Presidencia de la otrora poderosa Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), luego del fallecimiento, en el ejercicio del cargo, de José Vargas. Posteriormente, en el IX Congreso de la CTV de mayo de 1985, J.J. Delpino fue ratificado como Presidente de la organización obrera.

El 9 de agosto de 1996, el Presidente Rafael Caldera Rodriguez en su segundo mandato, lo designa Presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), cargo que ocupó por escaso tiempo, hasta diciembre de ese mismo año. 

 Según reseña Jairo Cuba en una entrevista que le hizo a Delpino, éste refiere que le participó al Presidente Caldera de su renuncia al IVSS, en estos términos: 

"Presidente, le pongo este cargo a la orden. Esto es un albañal. Aquí usted no puede tener a un hombre decente. Aquí necesita un ladrón…Y yo no reúno esas características”, dijo en tono airado pero con la decencia que la caracterizó siempre", dice la reseña de Jairo Cuba.

 En las notas de prensa que tratan sobre su salida del IVSS en  diciembre de 1996, señalan que Delpino manifestó:

"No he tenido ni he recibido ningún tipo de cooperación por parte del gobierno central y muy especialmente de quienes manejan las finanzas nacionales", agregando que para esa época el IVSS no contaba para pagarles el bono de noviembre a los trabajadores activos, pensionados y jubilados del Instituto, y mucho menos el aguinaldo. Sin embargo consideraba que el IVSS debía fortalecerse; aunque ya conocemos que ocurrió al año siguiente (1997), cuando se aprueba la reforma de la seguridad social y se decreta la eliminación para 1999 del IVSS, lo que no ocurrió al llegar Chávez al poder en ese año.

Delpino también aseveró: "Dejo al IVSS como lo conseguí, con sus vicios, corruptelas y con su clientela partidista. La gran cantidad de intereses creados y sustentados en torno al IVSS, impiden una limpieza a fondo".

Relato una anécdota: En un acto que se realizó en el Auditorio del Colegio de Médicos de Carabobo ubicado en Guaparo, Valencia, se trataba el tema del seguro social venezolano. Entre quienes conformaron el presidium estuvieron, Henrique Fernando Salas Feo, Gobernador de Carabobo; Fernando Henriquez, Presidente del Colegio de Médicos de la entidad y Juan José Delpino como Presidente del IVSS. Cuando le corresponde a Delpino el uso de la palabra, quien fungía como maestro de ceremonia, el Prof. Juan Correa lo presenta a quienes asistimos al acto, así: "Con ustedes, el Doctor Juan José Delpíno Presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales". Al llegar Delpino al podium y con el rostro adusto que lo caracterizó, inició sus palabras diciendo: "Quiero aclarar que no soy doctor, soy señor que es más difícil", causando por supuesto, la hilaridad del auditorio.

Juan José Delpino falleció en marzo de 2010.

Christian Colombet

lunes, 12 de diciembre de 2016

Preparadores de Seguridad Social



PREPARADORES DE SEGURIDAD SOCIAL


Luis LUGO (febrero 2011-julio2011)
Elismary PÉREZ  (2010-enero 2011)
María DA SILVA (4 febrero 2010-  2010)
Cintya LÓPEZ (mayo 2008-octubre 2009)
Yismara LÓPEZ (2007-octubre 2008)
Jorge RODRÍGUEZ ESAA (2006-abril 2008)
Orlymar  LARA (2006-2007)
Eris PINILLO BAUTE (Mayo 2004-2006)
Doris GUTIÉRREZ (Febrero 2004-2006)
Patricia QUEVEDO (Diciembre 2002-enero 2004)
María HISTOL (Diciembre 2002-Abril 2004)
Julio BOLIVAR (Noviembre 2000 - Noviembre 2002)
Pablo ESTÉVES (Mayo 2000 - Noviembre 2002)
Marisela CORREA (1999-2000)
Yosmar VERA (Mayo 1998- Diciembre 1999)
Nuvia PERNIA HOYOS (Mayo 1998-Marzo 2000)
Mariana LIZARRAGA (marzo 1996-marzo 1998) 
Illeana ROMERO   (  - marzo 1998) 
Alberto  D´SOUSA
Maridee RODRÍGUEZ
Milagro BLANCO (1991-1994)
Mary Emilce GÉLVEZ (1991-1993)
María RODRÍGUEZ (1988-1991)
Lenny UZCÁTEGUI (1988-1991)
Marbelia CEDEÑO (1984-1987)
Marvelis INDRIAGO (1984-1987)
Christian COLOMBET (mayo 1981- octubre 1984)
Carmen  GRILLET (mayo 1981- 1983)
Edgar AGUIRRE (1978-1981)
Oscar QUINTERO (1978-1981)
Manolo DURAN (1976-1978)
Ivonne MARTINEZ (1976-1978)
Rafael COLINA (1974-1976)
Yajaira PADRÓN (1974-1976)


Preparadores que ha tenido la asignatura Seguridad Social desde 1976. Los que están resaltados en negrillas ingresaron luego, como docentes de la Escuela de Relaciones Industriales.

El determinismo demográfico, ciencia o ideología



El determinismo demográfico, ciencia o ideología

Revista Temas


 En cualquier área de conocimiento científico se requiere que los autores sean capaces de rebatir las tesis que cuestionan sus propias tesis. Ignorar las críticas, sin contestarlas, es perder credibilidad, pues transforman el proyecto científico en mera propaganda política, por mucho que se vista de científica. Esta observación se aplica a gran número de tesis catastróficas del sistema de pensiones, que basan su visión de insostenibilidad del sistema de pensiones públicas en un determinismo demográfico, que ha sido cuestionado extensamente. Puesto que estos cuestionamientos son ampliamente conocidos, ignorarlos implica una violación de la integridad que se requiere en cualquier proyecto científico. Si un investigador continuara promoviendo un tratamiento médico, a pesar de que la evidencia científica existente mostrara que este tratamiento es dañino, sería cuestionado y sus credenciales científicas se retirarían. Pues lo mismo debe aplicarse en los análisis que continúan utilizando la evolución demográfica como causa de la inviabilidad de las pensiones. Me parece muy bien que tales tesis continúen escribiéndose y gocen de cajas de resonancia en los medios, pero para que sean tomadas en serio, deberían contestar a los argumentos de aquellos que hemos mostrado el error de los supuestos en los cuales se basan tales proyecciones de insostenibilidad. La respuesta a tales trabajos, mostrando que son erróneos, sería el paso necesario para ganar la credibilidad científica con la que se presentan, y de la que hasta ahora carecen. Ignorar tales trabajos, y continuar repitiendo las tesis catastróficas, transforma sus tesis en mera propaganda ideológica.
Para aquellos lectores interesados en el tema me permito sugerirles que lean artículos que cuestionan los supuestos de las tesis del determinismo demográfico, concretamente la necesidad de:
1. No confundir esperanza de vida promedio en un país con la longevidad de sus ciudadanos, confusión que constantemente se hace por parte de los deterministas demográficos. El hecho de que la esperanza de vida haya crecido sustancialmente en España se debe primordialmente al descenso de la mortalidad infantil, más que al crecimiento de años de vida de los ancianos, el cual ha sido mucho menor que el incremento de la esperanza de vida promedio del país (ver Navarro, V., Torres, J. y Garzón, A. ¿Están en peligro las pensiones públicas? Las preguntas que todos nos hacemos. Las respuestas que siempre nos ocultan. Publicado por ATTAC, Marzo 2010).
2. La longevidad de las personas en España varía según su clase social. España es uno de los países con mayores desigualdades sociales en la OCDE (el club de países más ricos del mundo). Un burgués vive diez años más que un trabajador no cualificado con más de cinco años en el paro. Existe un gradiente de mortalidad según la clase social. De ahí que retrasar obligatoriamente la edad de jubilación es profundamente injusto, pues implica que los trabajadores no cualificados estarán trabajando dos años más para pagar las pensiones de personas más pudientes que les sobrevivirán muchos años. Es injusto, por ejemplo, que la mujer de la limpieza de la Universidad tenga que trabajar dos años más para pagar mi pensión, cuando yo, Catedrático de Universidad le sobreviviré ocho años más (ver Navarro, V. Las Pensiones son viables, Julio-Agosto 2009, en www.vnavarro.org).
3. Los autores que proponen retrasar la jubilación dos años más pertenecen todos ellos a una clase social que en su mayoría disfruta en su trabajo. Ésta no es la situación de la mayoría de la clase trabajadora en este país.
4. El punto clave para determinar la viabilidad del sistema de pensiones no es –como erróneamente se asume- el número de trabajadores cotizantes por pensionistas. Esta cifra no es la cifra determinante de la viabilidad del sistema. En aquellos sistemas de pensiones basados en aportaciones procedentes del mercado de trabajo, el punto clave es la cantidad de aportaciones al sistema de Seguridad Social, que depende más de la productividad que del número de trabajadores, así como del contexto político. Supóngase el lector que hace cuarenta años (cuando para producir todo el alimento que España consumía se necesitaba el 30% de la población activa) hubiera habido voces alarmistas señalando que en cuarenta años, no habría suficientes personas trabajando en el campo para alimentar a toda la población española, pues la gente estaba desplazándose a las ciudades. Pues bien, hoy el 4% de la población activa produce lo que hace cuarenta años producían el 30% y hay, además, un excedente en la producción de alimentos. Aplíquese este símil y sustituyan alimento por pensiones. El incremento de la productividad hará que en cuarenta años, el PIB haya crecido enormemente (será más del doble del actual), con lo cual habrá más recursos para pensionistas y no pensionistas que ahora, aunque el porcentaje del PIB en pensiones públicas pase del 8% al 15% (ver mi artículo “La Seguridad Social en España es viable. Réplica a David Taguas” 24.02.10, en www.vnavarro.org). En realidad, hace cuarenta años, España se gastaba en pensiones sólo un 4%. Hoy se gasta más del doble, el 8%, y los no pensionistas tienen más recursos ahora que antes.
5. No hay nada escrito en la Biblia, incluyendo las Biblias económicas, que indique que las pensiones tienen que basarse en aportaciones del mercado de trabajo. En muchos países, como Dinamarca, proceden de los fondos generales del Estado. Y es muy dudoso que un programa tan popular como las pensiones no pueda encontrar fondos para sostenerse.
No hay duda de que el sistema de pensiones debiera reformarse, dificultando las excesivas prejubilaciones (que benefician al empresario, dañando al trabajador), facilitando la integración de la mujer en el mercado de trabajo, permitiendo voluntariamente el retraso de la edad de jubilación y otras medidas. Pero, concluir a partir de la necesidad de estas reformas que el sistema es inviable, debido a la transición demográfica, es insostenible en bases científicas. Creo que los catastrofistas no pueden continuar proyectando catástrofes sin, al menos, contestar a aquellos que cuestionan los supuestos en los que se basan sus tesis.
Vicenç Navarro. Catedrático de Políticas Públicas de la Universidad Pompeu Fabra y Profesor de Políticas Públicas de The Johns Hopkins University.
Fuente: publicado en el número de junio de 2010 de la revista TEMAS