miércoles, 25 de enero de 2017

El derecho a la seguridad social en la Constitución venezolana



Venezuela ha tenido, a lo largo de su historia republicana, diversos textos constitucionales desde  la primera Carta Magna de 1811 hasta la actualidad. En tres de ellas se ha previsto el derecho a la seguridad social (1947, 1961 y 1999).  He aquí sus respectivos artículos:
·         Constitución de 1947 (Gobierno de Rómulo Gallegos):
Artículo 52: Los habitantes de la República tienen el derecho de vivir protegidos contra los riesgos de carácter social que puedan afectarlos y contra las necesidades que de ellos se deriven. El Estado establecerá en forma progresiva, un sistema amplio y eficiente de seguridad social y fomentará la construcción de viviendas baratas destinadas a las clases económicamente débiles.
·         Constitución de 1961 (Gobierno de Rómulo Betancourt):
Artículo 94: En forma progresiva se desarrollará un sistema de seguridad social tendiente a proteger a todos los habitantes de la República contra infortunios del trabajo, enfermedad, invalidez, muerte, desempleo y cualesquiera otros riesgos que puedan ser objeto de previsión social, así como contra las cargas derivadas de la vida familiar. Quienes carezcan de medios económicos y no estén en condiciones de procurárselos, tendrán derecho a la asistencia social mientras sean incorporados al sistema de seguridad social

·         Constitución de 1999 (Gobierno de Hugo Chávez):
Artículo 86: Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social  podrán ser administrados solo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinados a la salud, educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.

miércoles, 18 de enero de 2017

La definición de Rector: Un artículo de Alexis Márquez Rodriguez

El siguiente artículo, titulado "Rector", es del escritor y profesor universitario Alexis Márquez Rodríguez nacido en Sabaneta, estado Barinas, el 12 de abril de 1931 y quien falleció en Caracas, el 10 de mayo de 2015. El artículo fue publicado en su columna dominical "La palabra", diario Últimas Noticias del  10 de agosto de 2003.  


Rector

¿A quien se le ocurriría la torpe y ridícula idea de llamar rectores a los miembros del Consejo Nacional Electoral? Quizás quien parió la genial idea se basó en que el artículo 292 de la Constitución habla del C.N.E. "como ente rector" de lo que tenga que ver con las elecciones, sin darse cuenta primero, de que la misma Constitución habla de "integrantes" del C.N.E. y segundo, de que el concepto de rector no encaja en este caso. Ni la noción de rector que se da comúnmente, ni su definición en los diccionarios corresponde en nada a los miembros de un organismo como el C.N.E., aunque se le defina como rector de  determinada actividad.

Hay que distinguir entre rector y función rectora. Rector es un adjetivo que por el uso habitual se ha ido lexicalizando como sustantivo. Comúnmente el nombre de rector, en su función sustantiva, se refiere a un individuo, no a un grupo. Es lo que ocurre con el uso más frecuente del sustantivo rector, el referente a la máxima autoridad de una universidad u otro centro de enseñanza, o, últimamente, al juez que coordina y representa a los demás jueces de una circunscripción judicial, al que se llama juez rector.

Cuando se habla de un organismo o ente rector, con el vocablo en función adjetiva, se entiende que es un organismo o ente que rige determinada actividad, lo cual no quiere decir que cada uno de sus miembros sea rector y llamarlos de ese modo es un disparate y una deformación del idioma.

La noción común del vocablo rector está bien expresada en los diccionarios. El Drae define rector de la siguiente manera: "Que rige o gobierna. 2. Persona a cuyo cargo está el gobierno y mando de una comunidad, hospital o colegio. 3. Persona que rige una universidad o centro de estudios superiores. 4. Párroco o cura propio".

Los demás diccionarios coinciden casi literalmente. El Diccionario del Español Actual, de Manuel Seco y otros, agrega una interesante acepción: "Pluma de la cola de las aves, que sirve para dirigir el vuelo", y da también rectríz como femenino de rector, además de rectora.

Rector es de origen latino, de rector, oris, y viene del verbo regere, que significa regir, gobernar, la misma raíz de rex, regis, de donde deriva rey.
Alexis Márquez Rodríguez

martes, 17 de enero de 2017

El programa de radio: La maravillosa conducta humana



La maravillosa conducta humana
  “La maravillosa conducta humana” es un programa que nació gracias a la iniciativa y producción del Prof. Hernani Zambrano Giménez, el cual se transmite desde 1996 a través de la emisora Universitaria 104,5 FM (la emisora comenzó en septiembre de 1995), perteneciente a la Universidad de Carabobo. El programa, con una duración de cinco minutos, se ha dedicado a abordar temas de orientación psicológica que pueden aplicarse a la vida cotidiana.

Recuerdo que el Prof. Hernani nos invitó a una reunión en la sede de la emisora, a fin de elegir el nombre del programa, estuvo también en esa reunión el Prof. Carlos Winkelman. Se dieron varios nombres posibles y al final se eligió el que desde 1996 lleva por nombre “La maravillosa conducta humana”.

Al principio, el programa se transmitió de lunes a viernes, en dos horarios, 7:30 am y 5 pm, y los sábados y domingos a las 11:20 am y 3 pm..  La promoción del programa se anunciaba así: “La maravillosa conducta humana, un programa destinado al análisis de temas de actualidad, desde el punto de vista de la psicología científica. A través de Universitaria 104,5 FM. Un encuentro con la psicología aplicada a la vida cotidiana”.

La producción y texto del programa es del psicólogo y profesor universitario Hernani Zambrano Giménez. La edición y montaje estuvo a cargo, durante varios años, por Alejandro Fonseca, más tarde por Ricardo Calabrese y al final por Migdalia Alcira, quien fue también mi alumna en Relaciones Industriales.La musicalización siempre ha estado a cargo de Régulo Castro, y la narración por Christian Colombet. El anuncio del comienzo y de la finalización del programa lo hacía quien escribe esta crónica y luego, en la actualidad lo hace la periodista Liliana Lozano. 

Agradezco al recordado Prof. José Vitale quien nos hizo las pruebas de rigor y sus valiosas recomendaciones para ingresar como locutor a Universitaria 104,5 y hacer la narración del programa  “La maravillosa conducta humana”. Ha sido una gratificante experiencia la narración de este programa que ha tenido la aceptación de la audiencia, producto del carácter didáctico y de aprendizaje que tiene su contenido.

viernes, 13 de enero de 2017

1967- 1997: 30 años de la Primera Promoción de Licenciados en Relaciones Industriales

1997: El 17 de noviembre se cumplen treinta años de haber egresado la Primera Promoción en Relaciones Industriales
    El miércoles 17 de noviembre se cumplen 30 años de haber egresado de la Universidad de Carabobo la primera promoción de Licenciados en Relaciones Industriales, cuyo padrino fue el Dr. Ezequiel Vivas Terán, Director fundador de la Escuela de Relaciones Industriales.
   Desde entonces, han salido de sus aulas 42 promociones, que representan una cifra cercana a 4.000 relacionistas industriales, lo cual significa que nuestra Alma Máter ha formado a más del 70% de los profesionales de esta disciplina en el país. Este hecho une, indiscutiblemente, a la institución universitaria con el desarrollo del proceso histórico de las Relaciones Industriales en Venezuela.
   El hecho de que el 17 de septiembre se tome como fecha para celebrar el día del Licenciado en Relaciones Industriales así lo corrobora, por cuanto fue el 17 de septiembre de 1963, por el acuerdo N° 67 del Consejo Universitario, cuando se crea el Departamento de Relaciones Industriales, adscrito a la Escuela de Administración. Luego se convierte en División Docente, dependiendo de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, para que el 3 de noviembre de 1967 se eleve a lo que es hoy, la Escuela de Relaciones Industriales.
   Sin embargo, existen discrepancias sobre el establecimiento del 17 de septiembre como fecha de celebración, ya que nunca fue del consenso de muchos colegas que se fijara tal día. Se abre pues, la posibilidad de que una fecha que pudiera tener aceptación, sería aquella cuando se promulgue la Ley de ejercicio de las Relaciones Industriales, tal como lo han fijado alguna que otra profesión en el país.
   Por su carácter inter y multidisciplinario, Relaciones Industriales es la profesión que, en el ejercicio de la misma, tiene más competencia que otras profesiones de distintas disciplinas y de quienes, sin preparación académica, la ejercen.   
   Y es de las pocas que aún no dispone de una ley que regule su campo de acción. Muchos se preguntan ¿es necesaria la ley, cuando los relacionistas industriales llevan 30 años ejerciendo sin ella? ¿Es conveniente que en estos tiempos de globalización y apertura, de libertad desbocada de la economía de mercado, de transformación en los métodos de trabajo y de formación del trabajo polivalente, delimitar y circunscribir el área de Relaciones Industriales solamente al Licenciado en Relaciones Industriales?
   Podrá ser extensa la discusión alrededor de estas interrogantes, no obstante lo que sí es cierto es que nuestra profesión no se ha orientado a fortalecer, por lo menos en Venezuela, ciertas áreas de su competencia, lo cual la hace vulnerable a la injerencia de otras profesiones.
   Asimismo, la diversidad de nombres utilizados para denominar la profesión es demostrativo también, de lo que aquí se apunta. Para el común de la gente, por ejemplo, un odontólogo es un odontólogo y un médico es un médico, pero ¿sabrá lo que es un Licenciado en Relaciones Industriales, un Industriólogo, un Licenciado en Gerencia de Recursos Humanos o un Licenciado en Administración de Personal?.
  El futuro de la profesión de Relaciones Industriales está ligado a los profundos cambios que se están generando en el mundo del trabajo; ese mundo que según la visión apocalíptica de Vivian Forrester en su obra reciente El Horror Económico, ya comienza a desaparecer para cederle el paso a ese mundo “que se instala bajo el signo de la cibernética, la automatización y las tecnologías revolucionarias, y que ahora ejerce el poder”, cuyo vínculo con ese mundo del trabajo, ya no le es útil.
   Es del seno de las instituciones académicas donde se forma este profesional, que deben surgir estas discusiones y en las que se planteen los nuevos retos que debe afrontar. Un profesional bien preparado, actualizado, con espíritu emprendedor, motivación al logro y con una identificación plena hacia la profesión, saldrá fortalecido para ejercer en un contexto comprometedor.
Christian Colombet

Notas
1. Este artículo de mi autoría fue publicado en el semanario de la Universidad de Carabobo, Tiempo Universitario, página 4, del 15 de septiembre de 1997.
2. La primera promoción de Licenciados en Relaciones Industriales de la Universidad Carabobo egresó el 17 de noviembre de 1967, estuvo conformada por 37 profesionales. Algunos de ellos se convirtieron luego, en docentes de la Escuela de Relaciones Industriales. Ellos son: Mireya Muñoz Barreto, Adoración Negrín, Tulio Hidalgo Vitale, Héctor Lucena Rodríguez, Hacibe Ramos Abdo, Carlos Ustáriz, Peter Kassa, Alfonso Viera.

   

lunes, 9 de enero de 2017

1992: La reestructuración del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales



1992: La reestructuración del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales 

    En el segundo gobierno de Carlos Andrés Pérez (febrero 1989- mayo 1993) se decidió la reestructuración del IVSS, para ello se aprobó la ley que fijaba los términos en que se realizaría. Fue publicada en la Gaceta Oficial N° 34.921 del 12 de marzo de 1992. La Junta de Reestructuración estuvo conformada así: por el gobierno nacional, Jorge Kamkoff, quien era Presidente del IVSS y Aníbal Tineo; Carlos Pietri Mata, en representación de los patronos; José G. Robertson y Francisco Ramírez por el sector sindical y Antonio Amundaraín por la Federación Médica Venezolana.
Se dio un plazo de 180 días para la reestructuración con prórroga de 180 días más, la cual debería finalizar en abril de 1993.
En el artículo 4 de la ley mencionada se previó:
1.    Descentralizar y regionalizar las funciones del IVSS.
2.    Incorporar progresivamente al Sistema Nacional de Salud (sic), la asistencia médica del IVSS.
3.    La ejecución de procedimientos para la administración autónoma de los fondos del Instituto.
4.    Incrementar las pensiones de vejez, invalidez y muerte.
5.    Establecer un nuevo instrumento de cobranzas de las cotizaciones.

La descentralización y regionalización del IVSS contemplaba como estados pilotos a Aragua, Carabobo, Bolívar, Zulia, Táchira, Nueva Esparta, Falcón y Lara.
Se nombraba por cada entidad federal, una Junta Directiva Estadal de cinco integrantes, conformada de la siguiente manera:   Un representante del Consejo Directivo, un representante de la Gobernación del Estado, y sendos representantes de los asegurados, patronos y del Colegio Médico de la entidad.
Se previó establecer un Consejo Consultivo de cinco miembros que iban a trabajar ad honorem y que tuviesen experiencia en salud y seguridad social.
Se pretendió aprobar los siguientes aspectos:
Aumento de las cotizaciones de patronos y trabajadores.
Incrementar el salario de cálculo para cotizar y recibir prestaciones (solidaridad)
Establecer nuevos procedimientos de cobranzas.
Diseñar un baremo que permitiera asignar los grados de riesgosidad de los centros de trabajo.
Revisión de cifras actuariales de número de asegurados y de regímenes especiales de protección.
Para ese año 1992, los principales problemas del IVSS eran los siguientes:
Había 7 años que no se conciliaban las cuentas bancarias, se decía que el IVSS era un barril sin fondo.
Existía un déficit de 47.000 millones de bolívares en el Fondo de Pensiones
Incremento de la población con derecho a pensión de vejez, es decir la tasa de dependencia iba aumentando.
Alta morosidad de aportes de los patronos, tanto del sector privado como del sector público.
Falta de control y fiscalización por parte del IVSS para que los patronos cumplieran con los deberes formales y demás procesos administrativos.
Se detectan traslados de dinero del Fondo de Pensiones al Fondo de Asistencia Médica.
Se decía que el IVSS era inauditable
El período de Carlos Andrés Pérez (CAP) finalizó en 1993 y el de Ramón J. Velásquez, (Presidente de la República encargado, luego de la destitución de CAP), concluyó en 1994, sin concretarse la llamada reestructuración del IVSS. Con la llegada en 1994 de Rafael Caldera a la Presidencia, se volvió a tratar el tema de la grave situación del seguro social venezolano, pero bajo otras perspectivas.   
Christian Colombet
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